La Dirección Ejecutiva informa que debido a la declaratoria del ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL DE LA PANDEMIA POR COVID-19, y según lo establecido en el artículo 65 literal h) del Reglamento Interno de Trabajo, en el cual literalmente señala: «OBLIGACIONES. Artículo 65- Son obligaciones del personal que labora para el FOSALUD, las siguientes: h) Prestar auxilio en cualquier tiempo que se necesite a la población, siempre y cuando medie situación de emergencia o cuando por siniestro o riesgo inminente peligre el interés público.»; se informa al personal operativo y administrativo que las vacaciones anuales para todos los empleados y empleadas del Fosalud quedan SUSPENDIDAS durante el periodo que dure el estado de emergencia hasta nuevo aviso. Ver Circular a continuación.

