PAGO DE TURNOS ADICIONALES Y RECÁLCULO DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Con el propósito de no tener posibles observaciones por parte de los entes fiscalizadores, el pago de turnos adicionales correspondientes a los periodos festivos de los meses de noviembre y diciembre se efectuarán posterior a la revisión de los reportes y controles de asistencia, atendiendo el criterio utilizado el resto de los meses del año. Información completa en Circular GTH-2020-123