VACACIONES DEL PERSONAL EN LABORES ADMINISTRATIVAS

Se recuerda al personal que goza de vacaciones administrativas que según lo estipulado en el Artículo 57 del Reglamento Interno de Trabajo en el que manifiesta que: «Para personal que desempeña labores administrativas las vacaciones anuales serán fraccionadas en tres periodos, de la siguiente forma: a) En Semana Santa, de lunes de Dolores a lunes de Pascua, ambos inclusive…» Por lo tanto, el periodo vacacional iniciará el día lunes 29 de marzo y finalizará el lunes 05 de abril, reanudando labores el día martes 06 de abril 2021. Ver información completa en Circular 048 de la Gerencia de Talento Humano.