Se recuerda al personal que goza de vacaciones administrativas que según lo estipulado en el Artículo 57 del Reglamento Interno de Trabajo en el que manifiesta que: «Para personal que desempeña labores administrativas las vacaciones anuales serán fraccionadas en tres periodos, de la siguiente forma: a) En Semana Santa, de lunes de Dolores a lunes de Pascua, ambos inclusive…» Por lo tanto, el periodo vacacional iniciará el día lunes 29 de marzo y finalizará el lunes 05 de abril, reanudando labores el día martes 06 de abril 2021. Ver información completa en Circular 048 de la Gerencia de Talento Humano.

